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¿Quousque tandem abutere, Cristina Kirchner, patientia nostra? ¿Quam diu etiam furor iste tuus nos eludet? ¿Quem ad finem sese effrenata iactabit audacia?
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EL PUEBLO QUIERE SABER:
miércoles, 13 de agosto de 2014
DENUNCIA A LOS MONTOS
PRESENTA DENUNCIA POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD. SOLICITA REACTIVACIÓN DE CAUSAS
Era sabido que mas tarde o mas temprano...les caería todo el peso de la LEY....la "Operacion Dominó" ha comenzado....y uno tras otro deberán PAGAR.....SERÁ JUSTICIA....POR LA INJUSTICIA
5.- PRESENTA DENUNCIA POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD. SOLICITA REACTIVACIÓN DE CAUSAS
Señor Juez:
ANA MARIA CAROLINA LUCIONI, por mi propio derecho, con domicilio real en ----------- y constituyéndolo legal en Esmeralda 1376, piso 4 (Estudio del Dr. Bernardo Menéndez) con el patrocinio letrado del Dr. Edgardo Frola – T 34 F. 672 – a V. S. me presento y digo:
I. OBJETO DE ESTA PRESENTACIÓN
Que vengo a presentar formal denuncia contra todas aquellas personas que hayan estado vinculadas con la organización terrorista “Montoneros”, y que serán mencionadas a lo largo de esta presentación por asociación ilícita y por la participación que hubieran tenido directa o indirectamente en la serie de asesinatos, secuestros, toma de rehenes y otros hechos cometidos por ese grupo, a partir del 25 de mayo de 1973, de acuerdo con las constancias y fundamentos que se enuncian a continuación.
Asimismo, solicito la reactivación de todas las causas en las que se hubiere decretado sobreseimiento o, simplemente, hubieren finalizado merced a indultos, habida cuenta que los delitos cometidos por la citada organización constituyen crímenes de lesa humanidad, como seguidamente se demostrará.
También solicito la reapertura de todas las causas en las que se hubieren decretado indultos en favor de la organización “Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP)” y “Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT)”, requiriendo sean imputados los miembros de esas organizaciones que no hubieren sido sometidos a juicio, por la comisión de delitos que también deben considerarse de lesa humanidad, conforme los argumentos que se exponen seguidamente.
Que esta presentación la efectúo a pesar de mi opinión personal acerca del valor absoluto de la irretroactividad de la ley penal. habida cuenta que la Corte Suprema de Justicia y otros tribunales han violentado ese principio para los casos de juzgamiento de militares, en orden a la lucha contra la subversión en la década del ’70, por una cuestión de elemental igualdad ante la ley, que demanda el artículo 16 de la Constitución Nacional, se impone el juzgamiento de quienes han sido nada menos que los agresores en esa contienda. De lo contrario, llegaríamos al absurdo de contemplar que la ley penal puede o no ser aplicada de manera retroactiva, según la ideología o posición política de aquellos a quienes se pretende imputar.
Si la retroactividad de la ley penal es injusta, más injusto resulta que se aplique exclusivamente contra una sola de las partes de una contienda y la otra quede preservada para siempre.
II. EVIDENCIAS DE LA RELACIÓN “MONTONEROS” – ESTADO NACIONAL Y PROVINCIAL
La jurisprudencia de nuestros tribunales demanda, hasta ahora, para que un delito sea considerado en la categoría de crimen de lesa humanidad y tenga carácter imprescriptible, la relación con un Estado Nacional o extranjero que haya de algún modo intervenido o ayudado en su comisión. No compartimos esa limitación, como más adelante lo expondremos brevemente; pero aun si aceptamos ese estrecho criterio, existen pruebas que vinculan a la organización Montoneros con el Estado nacional argentino y con el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, entre 1973 y 1974.
Evidencia Nº 1
En su libro “Diario de un clandestino”, el señor Miguel Bonasso reconoce expresamente que hacía inteligencia para la organización Montoneros, mientras trabajaba para la Presidencia de la República, en 1973 [1],. Los párrafos correspondientes a tal admisión dicen textualmente:
“(Fines de mayo y primeros días de junio de 1973)
“Ya está: por primera vez en mi vida soy oficialista y trabajo en la Presidencia de la República. Mario Cámpora me convocó y me dijo que su tío quería tenerme cerca porque venían momentos complicados. Me muevo como asesor libre, aunque reviste formalmente en la Secretaría de Prensa que ocupa el veterano José María Castiñeira de Dios. Allí, uno de sus segundos, el periodista profesional Oscar García Rey (que nunca fue peronista y está allí respondiendo a José Gelbard) me pide que organice un grupo de ‘inteligencia’. Le digo que sí, por supuesto y me cago de risa. O el tipo es un cabrón y me está gastando porque sabe algo o es un gil a la acuarela. Porque yo ya realizo tareas de inteligencia pero para la Organización Montoneros.
(…)
“En la Organización Montoneros, hay un nuevo ámbito ‘de gobierno’, para atender a los compañeros que nos movemos en esta difícil ‘superestructura’. No debería ni pensarlo, pero me dio en los huevos encontrarme allí a un oportunista que hace seis meses era del PRT-ERP y se burlaba de Dardo y de mí, diciendo que no sabía si defendíamos al socialismo nacional o al nacional socialismo y ahora –que es tan cómodo y vistoso- ha decidido ‘encuadrarse’ en Montoneros. O, mejor dicho, en el funcionariado montonero”.[2]
Ese “funcionariado montonero”, del que habla Bonasso, llegó hasta tal nivel de poder que incluso los montoneros expulsaron del Ministerio de Educación a sus propios compañeros que adhirieron al grupo “JP Lealtad” o “Montoneros Lealtad”, como lo relatan Eduardo Anguita y Martín Caparrós en su libro: “La Voluntad”. Según esa descripción, la orden llegó desde la cúpula misma de Montoneros y los funcionarios que ejercían la autoridad formal no podían resistir la directiva.[3]
Como V.S. puede fácilmente observar, del reconocimiento de Bonasso y demás bibliografía citada, se desprenden las siguientes conclusiones:
a) El señor Miguel Bonasso trabajaba para la Presidencia de la República, a partir de mayo de 1973.
b) Desde ese cargo, hacía inteligencia para “Montoneros”
c) Había un funcionario del E.R.P. trabajando para la presidencia.
d) Había ya no un funcionario, sino un “funcionariado montonero”, como expresamente lo admite el autor.
e) La coordinación entre ese “funcionariado” y la organización terrorista era tan estrecha que “Montoneros” había creado un ámbito para atender a “sus hombres” en el gobierno y, además, la organización terrorista tenía verdadero poder sobre áreas de la administración.
Por si existiera alguna duda, el capítulo citado se titula “EL GABINETE DE LOS MONTONEROS”.
Evidencia Nº 2
Esas tareas de inteligencia involucraban –entre otras cosas- escuchas telefónicas realizadas por el grupo, como surge de la conjunción de párrafos de dos libros de Bonasso.
En el mismo capítulo del libro “Diario de un clandestino” citado en la “Evidencia Nº 1”, precisamente en un párrafo situado entre los dos que fueron transcriptos, y separado aquí por razones metodológicas, el señor Bonasso dice:
“Al mismo tiempo, ando cerca de otro grupo interesante que se reúne en el Ministerio del Interior, en torno de dos subsecretarios muy piolas: Domingo Mercante, hijo del mitológico coronel Mercante a quien en los cuarenta llamaban ‘el corazón de Perón’, y el excelente jurista Leopoldo ‘Polo’ Schiffrin. Por allí andan también tres destacados colegas: el Perro Verbitsky, Luis Guagnini y Pablo Piacentini, que es secretario de prensa del ministro del Interior, Esteban Righi, para quien escribe un excelente discurso dirigido a los jefes de la Policía Federal, condenando la tortura.” [4]
Por otro lado, en su libro “El presidente que no fue”, al describir la confrontación de Ezeiza, durante el arribo de Perón, y un diálogo con la viuda de John William Cooke, Bonasso escribe:
“…Walsh opinaba exactamente lo mismo. Ayudado por el ‘Perro’, había hecho ‘escuchas’ antes, durante y después de Ezeiza, para tratar de hacer entender a la conducción de FAR y Montoneros lo que se estaba cocinando a nivel de contrainsurgencia y que no se detenía así nomás, sólo exhibiendo capacidad de movilización”.[5]
Por tanto, de las citas transcriptas de los libros “Diario de un clandestino” y “El presidente que no fue”, ambas referidas al período “mayo-junio” de 1973, surge:
a) Que las tareas de inteligencia eran compartidas con Rodolfo Walsh y Horacio Verbitsky (“el Perro”)
b) Que, como mínimo, Verbitsky pertenecía a un grupo centrado en el Ministerio del Interior, al que se integraba también Bonasso
c) Que Walsh y Verbitsky hacían escuchas telefónicas para esa época
Por otro lado, no constituye un secreto que Walsh y Verbitsky pertenecían al área de “inteligencia” de Montoneros.
Además de esto, está claro que los miembros de Montoneros colaboraban con dinero obtenido de sus sueldos en el Estado en favor de las arcas de esa organización terrorista, como surge –entre otros elementos- del libro La Voluntad, de Eduardo Anguita y Martín Caparrós, al referirse a tres “guerrilleros notorios”, asesores de Mario Kestelboin en la facultad de Derecho, durante la presidencia de Cámpora; lo cual implica –además- financiamiento del terrorismo y es contrario a la convención internacional que pide reprimir esa actividad.[6]
Evidencia Nº 3
Juan Gasparini, primero militante de las FAR y después de Montoneros, escribió –entre otras obras- el libro: “Montoneros: final de cuentas”. Al tiempo de la publicación, según la portada del libro, el autor trabajaba como periodista independiente desde Suiza y estaba acreditado como corresponsal de las Naciones Unidas en Ginebra.
En la obra citada, transcribe una autocrítica de Enrique Gorriarán Merlo, realizada en un reportaje para la Agencia Latinoamericana de Información, en Cali, Colombia, 1984, en la que el terrorista del ERP sostiene que la lucha armada de esa organización, durante el gobierno democrático nacido en 1973, “fue utilizada por parte de los derechistas para adelantar el desplazamiento de sectores positivos del aparato del Estado como fue el caso de Oscar Bidegain (obligado a renunciar a la gobernación de Buenos Aires después del copamiento de la Unidad Militar de Azul) y el de Julio Troxler, en aquel momento subjefe de la Policía de Buenos Aires”.[7]
Como V.S. puede ver, Gorriarán Merlo se lamenta de haber contribuido al desplazamiento de Bidegain y Troxler del “aparato del Estado”. Tal vinculación entre las acciones del ERP y la renuncia de Bidegain y Troxler fue incluso consignada por el propio Gorriarán Merlo en su libro “Memorias de Enrique Gorriarán Merlo – De los setenta a La Tablada”, donde el guerrillero del ERP señala que el ataque al regimiento de Azul “fue el argumento que utilizó el gobierno para pedirle la renuncia a Oscar Bidegain, el gobernador de la provincia de Buenos Aires. En ese momento, Julio Troxler –que era uno de los sobrevivientes de los fusilamientos de José León Suárez- era subjefe de la policía de la Provincia de Buenos Aires”.
Y agrega:
“Directamente Perón habló después de lo de Azul y acusó a Bidegain de haber favorecido la acción”[8]
Los diarios de la época indican que efectivamente Perón culpó a Bidegain –quien además tenía su casa en Azul- por lo ocurrido.
Los hechos y las propias palabras de Bonasso en el ya citado libro: “Diario de un clandestino”, parecen mostrar que las sospechas de Perón no estaban centradas en una mera negligencia del entonces gobernador de Buenos Aires. En efecto, Bonasso relata en esa obra que Bidegain participó activamente de una reunión del Consejo Superior de Montoneros, realizada en Managua, durante la revolución sandinista (abril de 1980), y que propuso incluso pasar ciertas cuestiones a votación, como efectivamente se hizo.[9] Además, él mismo era miembro del Consejo Superior de Montoneros.
Por otro lado, Eduardo Zamorano, en su libro: “Peronistas revolucionarios”, revela que Troxler impartía entrenamiento militar a los Montoneros:
“Pero seguramente lo que más molestó a Perón, aquello que activó sus alarmas de viejo militar, fue el proyecto de las ‘milicias populares’.
“Es sabido que el Delegado de la Juventud, Rodolfo Galimberti, se desdijo rápidamente de su exabrupto y, para mayor humillación, fue destituido de su cargo.
“Menos conocido es que el proyecto no por eso fue desactivado.
“Montoneros comenzó a brindar instrucción militar masiva a todos sus cuadros. Ello se extendió incluso a los ‘aspirantes’.
“En las agrupaciones políticas la formación militar abarcaba el ‘orden cerrado’ y la organización por pelotones de cinco personas.
“El manual militar tenía como guía la instrucción que recibían las tropas de infantería de las fuerzas armadas regulares, incorporándose los elementos acordes con la especificidad de la situación.
“Los campamentos y las actividades desarrolladas en ellos, si bien procuraban una cierta discreción, no eran clandestinos; en la provincia de Buenos Aires, el Sub-Jefe de la Policía –Troxler- conocía y facilitaba estos emprendimientos”.[10]
Más aún, José Amorín, otro ex montonero, en su libro: “Montoneros: La buena historia”, revela que las armas que utilizó la organización para asesinar a José Ignacio Rucci fueron transportadas por Gustavo Lafleur, por orden de Roqué, “en un auto oficial del gobierno de la provincia de Buenos Aires”[11]. Este dato, que ya de por sí es indicio suficiente de complicidad de ese gobierno con el asesinato, podría indicar también que las propias armas fueron proporcionadas por el Estado bonaerense.
Pero además, también Bonasso publicó que “en 1973 Juan Carlos ocupó un cargo formal en el gobierno de la provincia de Buenos Aires que conducía Oscar Bidegain. El puesto era sólo una tapadera de su real actividad: la conducción de la columna La Plata de Montoneros”.[12]
Son varias las pruebas de este género que ofrece Bonasso. En otra parte del mismo libro revela:
“En una reunión con mi ‘respo’ [es decir: el responsable, el superior de Bonasso], el Cabezón Habegger, y con el Pinguli, trasmito alborozado la buena nueva. Pinguli, en su estilo parco e introvertido, se muestra complacido y establece que el Cabezón va a supervisar los preparativos. Tiene credenciales para hacerlo: ha sido el responsable del Operativo Dorrego donde la Juventud Peronista desarrolló una tarea de asistencia a la comunidad junto con el Ejército, ha conducido detrás de las bambalinas a los cuadros que trabajaron en la gobernación de Oscar Bidegain y tiene muy buenas relaciones con el empresario Miguel Nazar, que conduce la CGE bonaerense”.[13] (el subrayado es mío).
En conclusión:
a) Entre 1973 y 1974, hubo un gobernador de la Provincia de Buenos Aires –Oscar Bidegain- que pertenecía a la organización Montoneros, integraba su Consejo Superior, participó de sus decisiones y, como mínimo, resultaba confiable para otras organizaciones terroristas; además de la acusación elíptica de Perón sobre su complicidad en acciones como el ataque al Regimiento de Azul.
b) Simultáneamente, hubo un Sub-Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires –Julio Troxler- designado por el propio Bidegain, quien no sólo era confiable para las organizaciones terroristas sino que les facilitaba campos de entrenamiento e instrucción militar.
c) Esa instrucción militar se impartía a todos los miembros de Montoneros, sin excepción.
d) El apoyo logístico bonaerense se extendía incluso a los atentados, como el asesinato de José Ignacio Rucci, para el cual el gobierno de la provincia de Buenos Aires proveyó, como mínimo, un auto oficial.
e) El gobierno de la Provincia de Buenos Aires funcionaba como cobertura y apoyo de las actividades terroristas, muchos de sus cuadros estaban insertados en el escalafón bonaerense.
III. EVIDENCIAS DE LA RELACIÓN “MONTONEROS” – ESTADOS EXTRANJEROS
Aun en el estrecho contexto limitado por la jurisprudencia argentina hasta el momento, para considerar a un delito entre los crímenes de lesa humanidad, la participación de un Estado extranjero resulta determinante. Así se ha decidido en el caso de Arancibia Clavel y también en la reciente resolución sobre el atentado contra la AMIA.
En orden a ese criterio, abundan pruebas que demuestran la relación de la organización terrorista Montoneros con Estados extranjeros, como el Líbano y Cuba, y con la Organización para la Liberación Palestina, la cual estaba estrechamente vinculada con el estado libanés y era poseedora de status propio en las Naciones Unidas.
Evidencia Nº 4
En el profusamente difundido libro de Marcelo Larraquy: “Fuimos soldados – Historia secreta de la contraofensiva montonera”, hay decenas de citas que demuestran la estrecha cooperación entre Montoneros, el Líbano y la OLP, en ambas direcciones; es decir, tanto para la comisión de actos terroristas en la Argentina como contra blancos israelíes.
La colaboración llegaba a tal punto que los Montoneros recibían instrucción militar y contaban con campos de entrenamiento en el Líbano y, por su lado, montaron allí –con tecnología y asistencia tecnológica propia- una fábrica de explosivos plásticos (que, naturalmente, estaban destinados a cometer atentados en Israel y contra blancos judíos en el mundo).
Así, el libro citado describe que “Mendizábal [miembro de la conducción montonera] acababa de hacer pública la alianza entre Montoneros y la OLP en una conferencia de prensa en Beirut. La revista Cambio/16 había recogido el tema en un artículo. Allí Mendizábal revelaba que había instalado una fábrica de explosivos plásticos al servicio de la OLP y los árabes pusieron sus instructores militares para los montoneros que comenzaban a entrenarse en El Líbano”.[14]
Más adelante, se confirma este acuerdo con algunos detalles más:
“Montoneros se estableció en Beirut en el año 1977, después de cuatro años de relaciones con la Organización de Liberación Palestina (OLP). Al principio fueron contactos políticos con un delegado palestino en Europa, luego se firmaron acuerdos de logística, documentación y transporte de armas. Finalmente la cooperación mutua se hizo pública en mayo de 1977 cuando el líder árabe Yasser Arafat recibió en Beirut a los comandantes Mario Firmenich y Fernando Vaca Narvaja. Montoneros, que sumaba el apoyo internacional de partidos y organizaciones socialdemócratas y de izquierda, presentó la foto como una victoria política.
“El acuerdo con los árabes tenía una cláusula secreta: su aspecto militar. La OLP, a través de su fracción interna Al Fatah, ofrecía campos de entrenamiento, instructores militares y misiles RPG7, entre otros armamentos. Montoneros, por su parte, instalaría en el sur del Líbano una fábrica de explosivos plásticos cuya producción quedaría bajo el mando de un técnico argentino, un ingeniero químico que contaba con un doctorado en explosivos en el exterior. A un año y medio de la firma, en septiembre de 1978, los acuerdos se estaban cumpliendo…” [15]
Esto significa que los miembros de la organización Montoneros son responsables no sólo por los crímenes cometidos en la Argentina sino también por muchos de los crímenes que las organizaciones terroristas islámicas hubieran cometido en el exterior contra objetivos israelíes o estadounidenses, con explosivos fabricados por ellos y con conocimiento expreso de los fines a los que esos explosivos estarían destinados.
Abundan las referencias al apoyo de Estados extranjeros de Oriente Medio:
“Las tropas de Infantería vivieron en forma clandestina durante tres meses en Buenos Aires diseñando las acciones militares que luego llevarían a cabo, pero antes se habían instruido durante otros tres meses en Medio Oriente. Había tres bases de entrenamiento, dos en El Líbano y otra en Siria, para la preparación de tres pelotones. Una de las bases estaba ubicada en Damour, una aldea a 24 kilómetros al sur de Beirut, situado sobre una costa rocosa del mar Mediterráneo, que había sido ocupada por los palestinos en 1976, después de desalojar a los cristianos.
(…)
“Después, en la casa o fuera de ella, dos instructores árabes que hablaban inglés –y un montonero que con la ayuda de un diccionario traducía sus palabras al español- los interiorizaban sobre el armado, uso y manipulación de explosivos, les enseñaban a proteger las posiciones y a ensayar los desplazamientos adecuados para tomar un territorio…”[16]
En otras partes del mismo libro:
“Durante 1979, el Departamento de Logística y Personal [de Montoneros] había continuado con el reclutamiento de combatientes en México y Madrid para enviarlos hacia El Líbano”.[17]
(…)
“…Su hijo Gustavo, de 18, que se había entrenado en El Líbano, era correo internacional de la Conducción. Viajaba por Europa llevando documentos y pasaportes.” [18]
(…)
“…Laura viajaría al Líbano para hacer la instrucción militar y luego volvería a la Argentina con las Tropas Especiales de Infantería (TEI).”[19]
Evidencia Nº 5
Tantas o más referencias a la cooperación de El Líbano y Siria pueden encontrarse sobre la cooperación e, incluso, instigación del Estado cubano. La guerrilla montonera no sólo tenía en Cuba bases de entrenamiento sino también el propio comando de operaciones y la cooperación estrecha del Estado gobernado por el mayor instigador y organizador de acciones terroristas en América latina.
Sin perjuicio de la profusión de datos que puede hallarse en casi toda la literatura sobre la época, el propio libro de Larraquy contiene numerosas referencias que demuestran, como ya es sabido, que la comandancia montonera funcionaba desde Cuba:
“…Una noche, incluso, cuando todos estaban pensando cómo irse del país, le pidió a Julia que hiciera una interferencia desde la losa abandonada del edificio de enfrente del Regimiento 1 de Infantería de Patricios, de Palermo. Era un pedido que provenía de la Conducción en Cuba”.[20]
(…)
“A juicio de la Conducción, el salto cualitativo de los conflictos era de tal dimensión que el mismo Firmenich había reproducido la localización geográfica de cada uno de ellos en la mesa de arena de la sede de la Comandancia en Cuba”.[21]
(…)
“Los pasaportes y cédulas de identidad de cada miembro serían preparados por la Secretaría Técnica, establecida en Cuba, bajo la responsabilidad de Firmenich”.[22]
¿Podía una organización de este tipo instalarse en Cuba, que no es precisamente un país libre, sin una coordinación de sus actividades con los intereses del gobierno de la isla?
Más aún, Cristina Zuker, en su libro: “El tren de la victoria – Una saga familiar”, relata a propósito de las vicisitudes de algunos militantes de Montoneros y sus familiares:
“…Los padres de Marta, Keco y Luisa Libenson, fueron alertados por una carta de la propia organización sobre la presencia de su nieta en la guardería cubana. Que llegaron a México y de ahí se trasladaron a la isla. ‘Era normal, por un mecanismo de seguridad, una suerte de cobertura para ellos. Llegaron a La Habana en un avión cubano, y los recogieron en la pista para que no quedara constancia de la entrada en el pasaporte’, me había explicado Susana, responsable de la guardería La Casita de Carmelo, en la Habana”.[23]
Nadie, que no fuera el gobierno de Cuba podría disponer de un avión de esa nacionalidad para recoger personas de otros países y hacerlas ingresar desde la pista, sin el pase obligado por las oficinas de migraciones; lo cual demuestra la estrecha cooperación existente con Montoneros.
Por su lado, Juan Gasparini, en su ya citado libro: “Montoneros: final de cuentas”, ofrece una larga lista de militantes montoneros que recibieron instrucción en Cuba. Por los nombres, podemos deducir que esto ocurrió desde los mismos comienzos:
“…Entre otros, el ‘Zapa’ Piotti, Miguel Angel Bustos, Héctor Bruno, el ‘chino’ Prol, Luis Rodeiro, César Córdoba, el ´Gringo’ Elvio Alberione, Mariano Pujadas, Héctor Díaz, el `Churio’ Jorge Escribano, los hermanos Suárez, Fernando Vaca Narvaja, Alberto ‘Chacho’ Molinas, Cecilio ‘Cheche’ Salguero, el ‘pelado’ Baretta, el exseminarista Orlando `Negro’ Montero, el ‘Chichilo’ Lujàn, Humberto Orlando ‘Hilo’ Anone, Leticia Jordán, Claudio Ehrenfeld, Susana Lesgart, Jorge Raúl Mendé, María Leonor Papaterra y los primos Cofre procedían en gran parte de la Agrupación de Estudios Sociales de la Universidad Católica, de la Federación de Agrupaciones Integralistas de la Universidad Nacional y la Agrupación barrial ‘Eva Perón’. Raúl Clemente Yagger, Fred Mario ‘Freddy’ Ernst, Roberto ‘Palometa’ Pirles, María Graciela de los Milagros Roldán, Osvaldo Cambiaos, ‘La Vieja’ Ezpeleta, Roberto Cirilo Perdía, Hugo Medina, el ‘Cara de Lápiz’ D’Ángelo, los hermanos del ‘Chacho’ Molinas, Oscar Boero, Raúl Burzaco, Ulises Amatti, René Haidar y los hermanos Oberlín, casi todos originarios del ‘Ateneo’ universitario o de la Acción Sindical Argentina, de Santa Fé. Varios de todos ellos obtuvieron instrucción militar en Cuba, como Norma Arrostito, Gustavo Lafleur y Fernando Abal Medina. He nombrado sólo a quienes ya no viven (la mayoría), muchos de los cuales murieron heroicamente”.[24]
En otro capítulo de la misma obra, Gasparini habla incluso de una relación financiera con el Estado cubano:
“Por cierto, es imprescindible refrescar que la primera prueba tangible de la inversión de los Montoneros en Cuba apareció recién al promediar 1996, con las confesiones de Filiberto Castiñeiras Giabanes, un agente de inteligencia de la revolución de Fidel Castro, que defeccionó a los Estados Unidos…”[25]
En el reciente libro sobre el ERP, titulado: “Los Perros – Memorias de un combatiente revolucionario”, de Luis Mattini, que es el seudónimo de Arnol Kremer –uno de los jefes del Ejército Revolucionario del Pueblo-, el autor señala:
“Un día del año 1970 un contingente de veinte miembros del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) y combatientes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) partimos para un curso de dos meses en Cuba, entre ellos Hugo Alfredo Irurzún (Santiago), Carlos Germán (Mauro), Carlos Ferreira (Lucas), Nëlida Augier (Pola)”.[26]
Esto indica el interés de Cuba, que por otro lado es público, por involucrarse con la guerrilla argentina e impulsarla, desde sus mismos comienzos.
En un reciente número de Le Monde Diplomatique, edición para el Cono Sur, el director para el área, Carlos Gabetta, reconoce que “Cuba recibió de los países socialistas [es decir; de la URSS] 80.000 millones de dólares de ayuda en sus primeros 30 años de revolución, sin incluir la ayuda militar.” Y en algo que parece una extraña disculpa, agrega:
“En honor de la Revolución Cubana y de sus dirigentes, debe insistirse en que todo ese dinero no fue a parar, como ha ocurrido sistemáticamente en las `democracias’ latinoamericanas, a manos de una burguesía corrupta y expoliadora. En Cuba se utilizó para construir hospitales y escuelas, y para mejorar el nivel de vida de la gran mayoría de la población. También para un generoso esfuerzo internacionalista –no sólo en dinero, sino en todo tipo de solidaridad, hasta el sacrificio de vidas humanas- dirigido a los movimientos progresistas y revolucionarios de América Latina y el Tercer Mundo”.[27] (El subrayado es nuestro).
IV. EVIDENCIAS DE LA COBERTURA Y COLABORACIÓN RECIBIDA POR EL E.R.P.
Los miembros de la organización terrorista “Ejército Revolucionario del Pueblo”, si bien no estaban en el gobierno de Cámpora, ni en el de Bidegain y otros gobernadores afines a la guerrilla, en la medida en la que sí lo estaban los “Montoneros”, gozaban de cobertura y colaboración pública, así como de la cooperación de “Montoneros”. También ese grupo terrorista recibió apoyo de Estados extranjeros, fundamentalmente de Cuba.
Por tanto, por las acciones del ERP son responsables no sólo los miembros de esa organización terrorista, sino también los funcionarios de gobierno que, a su tiempo, les hubieren dado cobertura, y los miembros de la organización Montoneros, por la colaboración que hubieren prestado.
Evidencia Nº 6
En la sección II, Evidencia Nº 1, c), se ha aludido, de acuerdo con citas de Bonasso, a un funcionario del ERP trabajando para la presidencia de Cámpora, en mayo de 1973.
Evidencia Nº 7
También Bonasso reconoce que Montoneros tenía un destacamento en el monte tucumano, “donde la principal guerrilla ha sido siempre la del ERP”.[28]
Evidencia Nº 8
Como una evidencia más de la cooperación entre ERP y Montoneros, debe citarse la cobertura que, según el propio general Juan Domingo Perón, habría dado el gobernador Bidegain a los terroristas del ERP que asaltaron el regimiento de Azul, donde cometieron varios asesinatos y secuestraron al teniente coronel Jorge Ibarzábal, a quien llevaron a “una cárcel del pueblo”[29]. Tiempo después, como es de público conocimiento, Ibarzábal fue asesinado por sus captores, lo cual encuadra la acción en las prescripciones del Estatuto de Roma y de los Convenios de Ginebra y lo convierte en un crimen de lesa humanidad.
IV. HECHOS
Ha quedado demostrada la relación de Montoneros con el Estado nacional, durante 1973, y con el Estado provincial bonaerense, durante 1973 y 1974. Asimismo, quedó también probada la relación de esa organización terrorista con Estados extranjeros, como el Líbano, Siria, Cuba y la Organización para la Liberación Palestina, con status similar a un Estado; en el caso de Cuba, durante prácticamente toda la existencia de Montoneros, y en el caso de los países de Medio Oriente, fundamentalmente desde 1975.
Tales relaciones no resultan imprescindibles, conforme al Derecho Internacional, para considerar un crimen en el carácter de lesa humanidad, pero la jurisprudencia de nuestra Corte Suprema se orienta en el sentido de exigir esa vinculación.
Por tanto, solicito a V.S. la investigación de todos los hechos que haya producido la organización Montoneros durante las etapas señaladas. Algunos de esos hechos, por su carácter emblemático, son citados a continuación, pero ellos no agotan la larga lista de actos terroristas llevados a cabo por el grupo y con apoyo estatal.
También solicito se reabra, por donde corresponda, la investigación por el asesinato del teniente coronel Ibarzábal y se indague también la colaboración que los terroristas del Ejército Revolucionario del Pueblo hubieran recibido de la organización Montoneros y del entonces gobernador Bidegain.
1) Asesinato de José Ignacio Rucci
No existe duda sobre la autoría de Montoneros respecto del asesinato del secretario general de la CGT, José Ignacio Rucci, en septiembre de 1973, dos días después de las elecciones que otorgaron el triunfo a Juan Domingo Perón, pero mientras todavía estaba en la presidencia Héctor J. Cámpora.
Lo reconoce el ex montonero Miguel Bonasso, en su ya citado libro “Diario de un clandestino”[30] y, aunque ahí se desliga de la preparación del atentado, tal aseveración debería compatibilizarse con sus confesadas funciones de inteligencia, dentro de Montoneros e incluso mientras revistaba en la Presidencia de la República.
Mucho tiempo después, Bonasso dijo que ellos –los Montoneros- se equivocaron, pues debieron haber matado a López Rega, en lugar de Rucci.[31]
José Amorín revela –como ya se dijo en este escrito- que las armas con las que mataron a Rucci fueron transportadas en un auto oficial del gobierno de la provincia de Buenos Aires, donde gobernaba Oscar Bidegain, miembro de la organización Montoneros, como también se demostró porque participaba de sus asambleas con voz y voto, incluso en el exterior, como ocurrió en Nicaragua. Más aún, como lo señala Gasparini, Bidegain era miembro del Consejo Superior de Montoneros, junto con Obregón Cano.[32]
La militancia montonera, en las calles, coreaba: “Rucci, traidor, saludos a Vandor”[33]
Por otro lado, Rucci venía siendo criticado ácidamente por la revista Militancia, dirigida por el actual Secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, a punto tal que el primer número de esa publicación, en junio de 1973, ya aparece con una foto de Rucci en la tapa.
En el capítulo correspondiente al asesinato de Rucci, José Amorín, citando a Roberto Perdía, atribuye gran importancia a la influencia de esa revista.[34]
2) Asesinato del padre Carlos Mujica
Juan Gasparini, también en su momento miembro de Montoneros, reconoce que esa organización fue la que asesinó al padre Carlos Mujica, fundador del Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo:
“El mayor montonero Antonio Nelson Latorre, que se jactó en la ESMA de haber sido qien abatió al capitán Roberto Máximo Chavarri en Ezeiza (y no Horacio ‘Beto’ Simona), afirmaba muy suelto de cuerpo que fueron montoneras las balas que desplomaron al padre Mujica en la noche del sábado 10 de mayo de 1974 a la salida de la capilla de San Francisco Solano. Según él, el hecho se había justificado por la conducta que tuvo en el último tiempo quien fuera fundador del Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo en la Argentina; evaluándola como próxima a López Rega, lo que podía despertar ilusiones contrarias a la política de ruptura con el justicialismo”.[35]
Este reconocimiento es coherente con las críticas que, otra vez, la revista Militancia hizo contra el sacerdote, a quien llegó a situar en su sección “Cárcel del Pueblo”; un lugar donde aparecían personajes que después solían ser asesinados, como ocurrió con Mujica, una semana después.[36]
3) Asesinato de Arturo Mor Roig y David Kraiselburd
Producido el 15 de julio de 1974, también por Montoneros, a la salida de un restaurante en la localidad bonaerense de San Justo.
“El día 15, un escopetaza del ‘Gallego Guillermo’ (Eduardo Molinete), jefe de la columna montonera del oeste del Gran Buenos Aires, fulminó a Arturo Mor Roig, personero de la Standard Oil y ex ministro del Interior de Lanusse. El 17, Carlos Alberto Starita, a quemarropa, abatió a David Kraiselburd, director del diario El Día, de La Plata…” [37]
4) Ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29, de Formosa
Hecho producido el 5 de octubre de 1975, por la organización Montoneros.[38]
5) Asesinato del general Cesáreo Cardozo, jefe de la Policía Federal
Cometido por una militante de la organización Montoneros que se acercó y trabó amistad con la hija del general Cardozo, al solo efecto de tener acceso a la vivienda familiar y colocar una bomba bajo la cama matrimonial. El atentado ocurrió el 16 de junio de 1976.[39]
6) Asesinato del Teniente Primero oscar Abel Lucioni.
No puedo dejar de mencionar aquí el asesinato por de mi padre, el Teniente Primero Lucioni, que fuera abatido por la banda Montoneros en un alevoso ataque perpetrado el 21 de octubre de 1976 a las 07.20 de la mañana. El grupo atacante - denominado por ellos GEC (Grupo Especial de Combate)- lo integraban seis terroristas armados comandados por el Oficial Segundo Montonero Ignacio Pedro Ojea Quintana, que lo acribillaron por la espalda impactándolo con mas de nueve disparos. Mi padre agonizó nueve días falleciendo en el Hospital Militar el 30 del mismo mes.
7) Todos los hechos producidos en la “Contraofensiva montonera”, incluyendo los ejecutados en el Líbano
Se denominó de tal forma al período en el cual los montoneros en el exilio, tanto desde Cuba como desde Oriente Medio, pergeñaron múltiples operaciones terroristas en la Argentina, con apoyo de los Estados que los cobijaban; fundamentalmente entre 1977 y 1980 y, a la vez, contribuyeron a los objetivos terroristas de la OLP
8) Asociación ilícita
Además de los delitos específicos que deberán investigarse, corresponde la reapertura de las causas tramitadas por asociación ilícita contra miembros de la organización Montoneros.
V. LESA HUMANIDAD, IMPRESCRIPTIBILIDAD Y NULIDAD DE LOS INDULTOS
Los atentados terroristas señalados como ejemplo y todos los que hubieren sido cometidos por Montoneros durante los períodos indicados constituyen crímenes de lesa humanidad y son, por tanto, imprescriptibles. Asimismo, debe decretarse la nulidad de los indultos que hubieren beneficiado a miembros de la citada organización terrorista.
En el caso específico de Miguel Bonasso, fue beneficiado con el indulto dispuesto por decreto 1003/89, en la causa 5148, tramitada ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal, por asociación ilícita. Ese indulto fue declarado nulo por el juez federal Daniel Rafecas, el 25 de julio pasado. Si bien el magistrado tuvo en vista a otros beneficiarios de ese indulto, que eran militares acusados de violaciones a los derechos humanos, parece difícil sostener que un decreto pueda resultar nulo para algunos y no para otros. De cualquier modo, si así se entendiera, solicito la nulidad en cuanto respecta a Miguel Bonasso y demás miembros de la organización Montoneros alcanzados por el beneficio.
También deberá decretarse la nulidad de todos los indultos que involucren a miembros de la organización Montoneros.
Este pedido tiene los siguientes fundamentos jurídicos:
1) Crímenes de lesa humanidad
El Estatuto de Roma incluye, entre los crímenes de lesa humanidad, la “persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género…”
Los militares, los empresarios extranjeros, los miembros de la policía, etc., constituyen cada uno de ellos, un grupo con identidad propia, muchas veces objetivo de atentados por su mera pertenencia al grupo.
Las proclamas y manifiestos de Montoneros y ERP están colmadas de referencias a: “militares asesinos”, “burocracia sindical”, “empresarios explotadores”, etc.
Los empresarios Salustro o Samuelson no fueron secuestrados por un problema personal entre ellos y ciertos terroristas, sino por su pertenencia, respectivamente, a Fiat y Esso, ambas empresas multinacionales.
El asesinato, la encarcelación, la tortura, la ya citada persecución de un grupo con identidad propia, etc. son todas conductas con las que el artículo 7 del Estatuto de Roma define a los crímenes de lesa humanidad, siempre que esos actos se cometan “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”.
Inmediatamente, el mismo artículo se ocupa de aclarar que “por ‘ataque contra una población civil’ se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política”.
No cabe duda de que el conjunto de acciones del grupo terrorista Montoneros, a lo largo de toda su existencia, implicó:
a) Una línea de conducta
b) La comisión de múltiples actos de los mencionados, tales como asesinatos, torturas, encarcelamientos, persecución, etc.
c) La conformidad con la política de una organización, que era Montoneros, grupo al cual ellos mismos llamaban, y aun denominan, la “Organización Montoneros” (véanse múltiples citas en los nombrados libros de Bonasso).
Esta definición hace innecesaria la intervención de un Estado para que un delito sea considerado “de lesa humanidad”. Sin embargo, vemos que también se cumple esta condición.
2) Crímenes de guerra
El Estatuto de Roma no sólo define los crímenes de lesa humanidad sino también, en su artículo 8, los crímenes de guerra y, dentro de esa categoría, los que se cometieren en conflictos armados de carácter no internacional.
El citado artículo 8 ofrece una lista de ejemplos de crímenes de guerra, casi todos los cuales encuadran en acciones cometidas por Montoneros:
“En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional, las violaciones graves del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos cometidos contra personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa:
i) Los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles y la tortura;
ii) Los ultrajes contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes;
iii) La toma de rehenes;
iv) Las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal regularmente constituido, con todas las garantías judiciales generalmente reconocidas como indispensables.”
Una lista similar contienen los Convenios de Ginebra, de 1949, que definen los crímenes de guerra, pero en el “Protocolo Adicional Relativo a la Protección de Víctimas de Conflictos Armados Sin Carácter Internacional”, en su artículo 4, inciso 2, menciona expresamente los actos de terrorismo.
3) Actos de terrorismo
Como ya hemos visto, la Convención de Ginebra incluye, entre los crímenes de guerra, los actos de terrorismo. Debemos saber, entonces, qué se entiende por actos de terrorismo.
El “Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo” define al terrorismo como: “cualquier otro acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a cualquier otra persona que no participe directamente de las hostilidades en una situación de conflicto armado, cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto, sea intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo”.
Como reconocen algunos de los ex miembros de Montoneros, citados en sus respectivos libros, el asesinato de Rucci y el asesinato de Mor Roig –por citar sólo dos de los tantos ejemplos- tuvieron como propósito, respectivamente, forzar al gobierno peronista a una negociación y, en el caso de Mor Roig, ese objetivo estaba dirigido a la UCR.
Por otro lado, existe una variedad de convenciones que definen tipos específicos de terrorismo, como la Convención sobre Actos Terroristas Cometidos con Bombas, por ejemplo.
De cualquier modo, y más allá de toda definición de terrorismo, las acciones descriptas por el Estatuto de Roma al describir los crímenes de lesa humanidad, y las acciones enunciadas por el Estatuto de Roma y los Convenios de Ginebra, para catalogar los crímenes de guerra, coinciden con las acciones llevadas a cabo por la organización Montoneros; sean o no tales acciones definidas como actos terroristas.
4) Imprescriptibilidad
Resta ahora analizar si los delitos cometidos por Montoneros son imprescriptibles. La conclusión es muy sencilla, porque toda vez que esos actos constituyen crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, se aplica, como su propio título lo indica, la “Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad”.
Dicha convención, en artículo 1, establece que tales actos son imprescriptibles, cualquiera sea la fecha en la que se hubieren cometido.
Además, sobre la retroactividad, ya se ha expedido nuestra Corte Suprema, en los casos Priebke, Arancibia Clavel, Julián y Lariz Iriondo (a contrario sensu).
Se trata, entonces, de un mero silogismo:
- Las acciones de Montoneros corresponden a la descripción de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra (Estatuto de Roma y Convenios de Ginebra), como demostramos en los apartados 1 y 2 de esta sección.
- Los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra son imprescriptibles (Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad)
- Los delitos cometidos por los miembros de la organización Montoneros son imprescriptibles
5) El papel del Estado
Aunque no están claros los motivos y, en cualquier caso, no compartimos el razonamiento, la Corte Suprema exige, para considerar un delito como crimen de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptible, que haya existido intervención del Estado. Así se expidió en los casos Arancibia Clavel, Priebke, Julián y, de la misma manera, pero deducida a contrario sensu, en Lariz Iriondo.
También el juez Canicoba Corral incluyó al Estado iraní en su resolución por la que se pide la captura de diplomáticos de la República de Irán en la causa AMIA.
Como se ve, no se ha hecho distinción entre el Estado en la Argentina (Estado Nacional, Estado provincial, etc.) y un Estado extranjero.
En el caso Lariz Iriondo, se habla incluso de “eliminación de opositores”; tal como ocurrió durante el gobierno de Cámpora en el Estado Nacional y Bidegain en la Provincia de Buenos Aires, con el asesinato de Rucci, por ejemplo.
Durante la contraofensiva montonera, en cambio, el apoyo fue externo: el Líbano, Cuba y la Organización para la Liberación Palestina.
La imprescriptibilidad alcanza, incluso, al delito de asociación ilícita (Cfr. Arancibia Clavel).
Adicionalmente, y habida cuenta del reconocimiento del montaje y operación de una fábrica de explosivos plásticos en el Líbano, en el curso de la confrontación de la Organización para la Liberación Palestina contra Israel, deberá investigarse también qué tipo de atentados pudieron haber sido cometidos con esos explosivos por el terrorismo islámico, ya que también se trata de delitos de lesa humanidad para los que la organización Montoneros ha prestado una cooperación activa y fundamental.
Por tanto, se cumple aun –en el caso de Montoneros- con el requisito exigido en exceso por la Corte Suprema; es decir, la cobertura o colaboración de un Estado.
Adviértase, por ejemplo, en orden a la colaboración que pudieron haber obtenido del gobierno nacional (inteligencia) y del gobierno de la provincia de Buenos Aires (inteligencia, logística, entrenamiento, etc.), hasta qué punto son aplicables a la asociación ilícita Montoneros las prescripciones, por ejemplo, del caso Arancibia Clavel, en el que la Corte habla incluso de la imprescriptibilidad en los actos cometidos por los particulares y de la imprescriptibilidad de la asociación ilícita.
En tal sentido, y a propósito de la asociación ilícita, el Dr. Petracchi, al tiempo que citó un fallo de la jurisprudencia de los Estados Unidos, se expresó en favor de la necesidad de “proceder en contra de aquellos que ya han manifestado suficientemente su disposición al delito, y al mismo tiempo, para actuar frente a ‘los peligros particulares y constantes que derivan de la actividad grupal’.
Y en otra parte, en el numeral 56 del voto del Dr. Maqueda, claramente se señala que: “las disposiciones de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad se aplicarán a los representantes de la autoridad del Estado y a los particulares que participen como autores o cómplices o que inciten directamente a la perpetración de alguno de esos crímenes, o que conspiren para cometerlos, cualquiera que sea su grado de desarrollo, así como a los representantes de la autoridad del Estado que toleren su perpetración”
Esta tolerancia debe incluir el encubrimiento de los actos cometidos por las bandas terroristas, toda vez que miembros de la organización Montoneros participaban del aparato del Estado, durante el gobierno del Dr. Cámpora (incluyendo tareas de inteligencia) y del Dr. Bidegain y, no obstante no haber podido ignorar la identidad de los autores de los atentados cometidos en esa época, faltaron a su obligación de denunciar.
En consecuencia, deben ser declarados nulos la totalidad de los indultos que hayan beneficiado a miembros de la organización Montoneros, incluido el indulto al señor Miguel Bonasso, si se considerara que no le resulta aplicable la nulidad ya decretada por el señor juez Daniel Rafecas respecto del decreto 1003/89.
VI. CALIDAD DE QUERELLANTE
Como mas arriba lo expreso, mi padre fue asesinado por la banda terrorista Montoneros, que me dejó huérfana cuando contaba solamente con un año y medio de edad. Soy por ende también una víctima de los actos ilícitos de esa banda terrorista, lo que creo es suficiente argumento como para que se me considere como persona con capacidad civil particularmente ofendida por un delito de acción pública y, como tal, se me tenga en esta causa como querellante particular con las facultades que determina el art. 82 y s.s. del Código Procesal Penal de la Nación. Simplemente agrego, como ejemplo, V.S., las diversas causas que se llevan en la Justicia Federal contra militares o policías por la actuación de estos durante la represión al terrorismo. En las mismas se tiene por querellante a cualquier ONG o particular que lo peticiona, sin que los fiscales, en muchos de los casos, hayan dicho “esta boca es mía”. Por ende, peticiono que se acepte el carácter de particular damnificado que invoco.
VII. PETITORIO
Por tanto, a V.S. pido:
a) Tenga por presentada la denuncia;
b) Ordene la verificación del material bibliográfico citado;
c) Se me reconozca el papel de querellante particular
d) Se dé vista al Sr. Fiscal a fin de que realice el correspondiente requerimiento de instrucción peticionando la reapertura de las diversas causas que en su momento se originaron por los ilícitos cometidos por la banda Montoneros y/o ERP-PRT, disponiendo la reconstrucción de las que no puedan ser halladas, a los fines de que se afecte a las mismas a los autores, cómplices, instigadores y encubridores que puedan ser identificados y detenidos.
e) Se libre oficio a la Embajada de Israel a fin de ponerla en conocimiento de la circunstancia relatada en la “Evidencia Nº 4º”, a fin de permitir el ejercicio de la jurisdicción de ese país, si hubiere lugar.
Proveer de conformidad:
SERÁ JUSTICIA
Ana M.C. Lucioni
Edgardo Frola – Abogado - T. 34 F. 672
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