DOCUMENTO PARA EXIGIR LA ILEGALIDAD DEL COMUNISMO, JUSTICIA PARA SUS CRIMINALES Y REPARACIÓN PARA SUS VÍCTIMAS
CONSIDERANDO: Que el comunismo es un sistema político fundamentado en la ideología marxista-leninista que tiene como base la eliminación de todos los partidos de oposición y el establecimiento del unipartidismo totalitario.
CONSIDERANDO: Que la eliminación del pluripartidismo conlleva a la eliminación de la democracia, que es uno de los más grandes logros del pensamiento político y social de todos los tiempos.
CONSIDERANDO: Que la eliminación de la Democracia conduce a la violación preconcebida y sistémica de todos los Derechos Humanos refrendados en la Carta Universal de los Derechos del Hombre, otro de los grandes logros de la sociedad contemporánea.
CONSIDERANDO: Que la violación preconcebida y sistémica de los Derechos Humanos trae como consecuencia inevitable la más despiadada represión de la oposición y, con ella, los más inconcebibles crímenes.
CONSIDERANDO: Que el Comunismo, su ideología y su práctica constituyen la posibilidad real para el establecimiento del gobierno y la burocracia, como mecanismo de poder y dominio totalitario, de una minoría que se enriquece sobre la mayoría que se empobrece.
CONSIDERANDO: Que el fracaso y los crímenes de este sistema han sido acreditados de forma evidentemente histórica y que dichos fracaso y crímenes constituyen las condiciones suficientes y necesarias para demostrar su esencia arbitraria, ilegal y criminal.
CONSIDERANDO: Que la esencia ilegal del sistema comunista, hoy rebautizado como Socialismo del Siglo XXI en algunos países, trae, como consecuencia inevitable su aplicación y desarrollo en condiciones de ilegalidad.
CONSIDERANDO: Que estas condiciones de ilegalidad están dadas, fundamentalmente, por la eliminación formal y oficial de la asociación libre, de la oposición libre, de la prensa libre, de la empresa libre, pilares fundamentales del desarrollo contemporáneo, y la eliminación de la división e independencia de poderes y el establecimiento de dictaduras que terminan convirtiéndose en feroces tiranías ad infinitum como statu quo inamovible que concibe el trato a la persona humana y a toda la sociedad sólo de forma humillante, inhumana y degradante en flagrante contradicción con la Carta Universal de los Derechos del Hombre aprobada por las Naciones Unidas.
CONSIDERANDO: Que gran parte de los crímenes del sistema comunista, especialmente los de lesa humanidad, están constatados, contrastados y probados y suman la trágica cifra de más de 100 millones de víctimas, sin contar las que no se han podido descubrir, ni las que puedan estar siéndolo en estos instantes en los países donde este macabro sistema impera.
CONSIDERANDO: Que el comunismo no respeta norma moderna legal y moral alguna y puede llegar al poder mediante la llamada revolución armada, el golpe de estado y hasta valiéndose de elecciones democráticas.
CONSIDERANDO: Que la esencia y los propósitos del comunismo, tanto ayer, hoy, como mañana, siguen siendo los mismos al continuar basándose en la misma ideología, estableciendo el mismo totalitarismo final y produciendo las mismas miseria y víctimas donde quiera que se aplica.
PROPONEMOS:
PRIMERO: Que el “Comunismo” sea declarado un sistema ilegal, con este nombre, o con el que se enmascare, como es ahora “Socialismo del Siglo XXI”.
SEGUNDO: Que es un delito propagandizar, defender, justificar o enaltecer la ideología comunista y el sistema comunista y, por tanto, asociarse a grupos, asociaciones, partidos comunistas o formaciones comunistas de cualquier tipo.
TERCERO: Que todas las víctimas del comunismo en cualquier país del mundo deben ser reivindicadas e indemnizadas, donde esto último proceda, una vez que haya terminado en el país en cuestión el totalitarismo comunista.
CUARTO: Que todo gobierno democrático que exista en un país donde ha existido o no el comunismo está en la obligación moral, social y política de reconocer el comunismo como una de las grandes barbaries de la Historia Universal y como una de las grandes aberraciones del Pensamiento Político y como tal está en el deber moral de condenarlo y considerarlo amoral, así como a quienes lo profesaron o lo profesan.
QUINTO: Que debe crearse la Sala para los Crímenes del Comunismo en la institución internacional competente en la cual se juzguen sistemáticamente a los criminales comunistas y a los crímenes del comunismo.
SEXTO: Que todo país del mundo tiene en la obligación de permitir la extraditación de todo criminal comunista, a la vez que todo país del mundo tiene la obligación de deportar, a su país de origen, o a donde decida la Sala para los Crímenes del Comunismo, a todo criminal comunista.
SÉPTIMO: Que toda institución gubernamental o no gubernamental y todo ciudadano víctima o no del comunismo, o grupo de ciudadanos, de cualquier país del mundo, tiene derecho a presentar ante dicha Sala acusaciones contra toda tiranía totalitaria comunista (Gobierno Comunista) y contra cualquier criminal o grupo de criminales comunistas sin importar el país de origen de dichos criminales.
OPTAVO: Que dicha Sala para los Crímenes del Comunismo debe establecer las penas que se les impondrán a los responsables de crímenes y sus cómplices durante el comunismo y que pueden ir desde inhabilitación para ocupar cargos públicos durante determinado período de años, según su responsabilidad oficial o no oficial y la gravedad de su complicidad, hasta penas de prisión.
NOVENO: Que los responsables de crímenes cometidos por el sistema comunista en cualquier país del mundo y en cualquier época deben ser sometidos a juicios en la Sala para los Crímenes del Comunismo con todas las garantías que ofrece la democracia y niega el comunismo a sus víctimas.
DÉCIMO: Que los crímenes de lesa humanidad cometidos por cualquier sistema comunista o por los responsables de dichos crímenes en el pasado y el presente no prescriben y, por tanto, en todos los casos sus responsables deben comparecer ante la Justicia.
DÉCIMO PRIMERO: Que todos aquellos que mediante sus privilegios y prebendas durante el sistema comunista se hayan enriquecido y mantengan su riqueza en su país de origen o en un tercero serán desposeídos de ellas.
DÉCIMO SEGUNDO: Que debe crearse el Tribunal Constitucional Internacional Anticomunista que tendrá la obligación de monitoriar el desarrollo del Estado de Derecho en cada país del mundo, detectar toda orden o instrumento jurídico de cualquier tipo dada por el Presidente o cualquier funcionario o Institución Gubernamental del país en cuestión que pueda encaminar a cualquier país a la dictadura o la tiranía totalitaria comunista, advertir al infractor, denunciarlo simultáneamente ante la Organización de Naciones Unidas y todas las Organizaciones de Defensa de los Derechos Humanos, así como de Juristas de todo el mundo, las cuales, en consecuencia, deben declarar ilegal y anticonstitucional dicha órden o instrumento jurídico, inhabilitar dicha orden o instrumento jurídico y, en caso de que el infractor no responda a la mencionada advertencia erradicando la violación señalada, condenarlo en las Naciones Unidas y todas las organizaciones mencionadas y, si fuera necesario, ante la Sala para los Crímenes del Comunismo.
DÉCIMO TERCERO: Que debe declararse que existe un Holocausto Comunista y establecerse una fecha para rememorar a las víctimas y evitar que continúe.
DÉCIMO CUARTO: Que se convocará a una Convención Internacional Anticomunista cuyo lugar y cuya fecha se darán a conocer oportunamente.
DISPOSICIÓN FINAL:
Las más Altas Intituciones del Derecho Internacional, empezando por las de la Organización de las Naciones Unidas y el Tribunal Internacional de la Haya, deberán realizar las modificaciones y los ajustes necesarios para que puedan cumplirse, rápida y eficazmente, las medidas señaladas en este Documento y que tengan carácter Supranacional y evitar que se produzcan contradicciones en el Orden del Derecho entre el Derecho Nacional y el Derecho Internacional.
FIRMADO:
Por el Grupo Central Coordinador Convención Internacional Anticomunista
Humberto L. Illa (Coordinador)
Julio Feliciano Martínez Garcia - Julio San Francisco (Coordinador - Director Oficina Europa)
Juan José López (Coordinador)
Lázaro Garcia Cernuda (Coordinador)
Lorenzo Páez Núñez (Coordinador)
Leonel Molejón Almagro (Asesor Jurídico para el Tribunal Internacional Anticomunista)
Pedro Pablo Álvarez Ramos (Asesor)
Isandra P. Gisbert (Notaría-Logística-Actas)
Belkis Bigles (Network- Informatica)
Fuente: http://convencionanticomunista.blogspot.com/
CONSIDERANDO: Que el comunismo es un sistema político fundamentado en la ideología marxista-leninista que tiene como base la eliminación de todos los partidos de oposición y el establecimiento del unipartidismo totalitario.
CONSIDERANDO: Que la eliminación del pluripartidismo conlleva a la eliminación de la democracia, que es uno de los más grandes logros del pensamiento político y social de todos los tiempos.
CONSIDERANDO: Que la eliminación de la Democracia conduce a la violación preconcebida y sistémica de todos los Derechos Humanos refrendados en la Carta Universal de los Derechos del Hombre, otro de los grandes logros de la sociedad contemporánea.
CONSIDERANDO: Que la violación preconcebida y sistémica de los Derechos Humanos trae como consecuencia inevitable la más despiadada represión de la oposición y, con ella, los más inconcebibles crímenes.
CONSIDERANDO: Que el Comunismo, su ideología y su práctica constituyen la posibilidad real para el establecimiento del gobierno y la burocracia, como mecanismo de poder y dominio totalitario, de una minoría que se enriquece sobre la mayoría que se empobrece.
CONSIDERANDO: Que el fracaso y los crímenes de este sistema han sido acreditados de forma evidentemente histórica y que dichos fracaso y crímenes constituyen las condiciones suficientes y necesarias para demostrar su esencia arbitraria, ilegal y criminal.
CONSIDERANDO: Que la esencia ilegal del sistema comunista, hoy rebautizado como Socialismo del Siglo XXI en algunos países, trae, como consecuencia inevitable su aplicación y desarrollo en condiciones de ilegalidad.
CONSIDERANDO: Que estas condiciones de ilegalidad están dadas, fundamentalmente, por la eliminación formal y oficial de la asociación libre, de la oposición libre, de la prensa libre, de la empresa libre, pilares fundamentales del desarrollo contemporáneo, y la eliminación de la división e independencia de poderes y el establecimiento de dictaduras que terminan convirtiéndose en feroces tiranías ad infinitum como statu quo inamovible que concibe el trato a la persona humana y a toda la sociedad sólo de forma humillante, inhumana y degradante en flagrante contradicción con la Carta Universal de los Derechos del Hombre aprobada por las Naciones Unidas.
CONSIDERANDO: Que gran parte de los crímenes del sistema comunista, especialmente los de lesa humanidad, están constatados, contrastados y probados y suman la trágica cifra de más de 100 millones de víctimas, sin contar las que no se han podido descubrir, ni las que puedan estar siéndolo en estos instantes en los países donde este macabro sistema impera.
CONSIDERANDO: Que el comunismo no respeta norma moderna legal y moral alguna y puede llegar al poder mediante la llamada revolución armada, el golpe de estado y hasta valiéndose de elecciones democráticas.
CONSIDERANDO: Que la esencia y los propósitos del comunismo, tanto ayer, hoy, como mañana, siguen siendo los mismos al continuar basándose en la misma ideología, estableciendo el mismo totalitarismo final y produciendo las mismas miseria y víctimas donde quiera que se aplica.
PROPONEMOS:
PRIMERO: Que el “Comunismo” sea declarado un sistema ilegal, con este nombre, o con el que se enmascare, como es ahora “Socialismo del Siglo XXI”.
SEGUNDO: Que es un delito propagandizar, defender, justificar o enaltecer la ideología comunista y el sistema comunista y, por tanto, asociarse a grupos, asociaciones, partidos comunistas o formaciones comunistas de cualquier tipo.
TERCERO: Que todas las víctimas del comunismo en cualquier país del mundo deben ser reivindicadas e indemnizadas, donde esto último proceda, una vez que haya terminado en el país en cuestión el totalitarismo comunista.
CUARTO: Que todo gobierno democrático que exista en un país donde ha existido o no el comunismo está en la obligación moral, social y política de reconocer el comunismo como una de las grandes barbaries de la Historia Universal y como una de las grandes aberraciones del Pensamiento Político y como tal está en el deber moral de condenarlo y considerarlo amoral, así como a quienes lo profesaron o lo profesan.
QUINTO: Que debe crearse la Sala para los Crímenes del Comunismo en la institución internacional competente en la cual se juzguen sistemáticamente a los criminales comunistas y a los crímenes del comunismo.
SEXTO: Que todo país del mundo tiene en la obligación de permitir la extraditación de todo criminal comunista, a la vez que todo país del mundo tiene la obligación de deportar, a su país de origen, o a donde decida la Sala para los Crímenes del Comunismo, a todo criminal comunista.
SÉPTIMO: Que toda institución gubernamental o no gubernamental y todo ciudadano víctima o no del comunismo, o grupo de ciudadanos, de cualquier país del mundo, tiene derecho a presentar ante dicha Sala acusaciones contra toda tiranía totalitaria comunista (Gobierno Comunista) y contra cualquier criminal o grupo de criminales comunistas sin importar el país de origen de dichos criminales.
OPTAVO: Que dicha Sala para los Crímenes del Comunismo debe establecer las penas que se les impondrán a los responsables de crímenes y sus cómplices durante el comunismo y que pueden ir desde inhabilitación para ocupar cargos públicos durante determinado período de años, según su responsabilidad oficial o no oficial y la gravedad de su complicidad, hasta penas de prisión.
NOVENO: Que los responsables de crímenes cometidos por el sistema comunista en cualquier país del mundo y en cualquier época deben ser sometidos a juicios en la Sala para los Crímenes del Comunismo con todas las garantías que ofrece la democracia y niega el comunismo a sus víctimas.
DÉCIMO: Que los crímenes de lesa humanidad cometidos por cualquier sistema comunista o por los responsables de dichos crímenes en el pasado y el presente no prescriben y, por tanto, en todos los casos sus responsables deben comparecer ante la Justicia.
DÉCIMO PRIMERO: Que todos aquellos que mediante sus privilegios y prebendas durante el sistema comunista se hayan enriquecido y mantengan su riqueza en su país de origen o en un tercero serán desposeídos de ellas.
DÉCIMO SEGUNDO: Que debe crearse el Tribunal Constitucional Internacional Anticomunista que tendrá la obligación de monitoriar el desarrollo del Estado de Derecho en cada país del mundo, detectar toda orden o instrumento jurídico de cualquier tipo dada por el Presidente o cualquier funcionario o Institución Gubernamental del país en cuestión que pueda encaminar a cualquier país a la dictadura o la tiranía totalitaria comunista, advertir al infractor, denunciarlo simultáneamente ante la Organización de Naciones Unidas y todas las Organizaciones de Defensa de los Derechos Humanos, así como de Juristas de todo el mundo, las cuales, en consecuencia, deben declarar ilegal y anticonstitucional dicha órden o instrumento jurídico, inhabilitar dicha orden o instrumento jurídico y, en caso de que el infractor no responda a la mencionada advertencia erradicando la violación señalada, condenarlo en las Naciones Unidas y todas las organizaciones mencionadas y, si fuera necesario, ante la Sala para los Crímenes del Comunismo.
DÉCIMO TERCERO: Que debe declararse que existe un Holocausto Comunista y establecerse una fecha para rememorar a las víctimas y evitar que continúe.
DÉCIMO CUARTO: Que se convocará a una Convención Internacional Anticomunista cuyo lugar y cuya fecha se darán a conocer oportunamente.
DISPOSICIÓN FINAL:
Las más Altas Intituciones del Derecho Internacional, empezando por las de la Organización de las Naciones Unidas y el Tribunal Internacional de la Haya, deberán realizar las modificaciones y los ajustes necesarios para que puedan cumplirse, rápida y eficazmente, las medidas señaladas en este Documento y que tengan carácter Supranacional y evitar que se produzcan contradicciones en el Orden del Derecho entre el Derecho Nacional y el Derecho Internacional.
FIRMADO:
Por el Grupo Central Coordinador Convención Internacional Anticomunista
Humberto L. Illa (Coordinador)
Julio Feliciano Martínez Garcia - Julio San Francisco (Coordinador - Director Oficina Europa)
Juan José López (Coordinador)
Lázaro Garcia Cernuda (Coordinador)
Lorenzo Páez Núñez (Coordinador)
Leonel Molejón Almagro (Asesor Jurídico para el Tribunal Internacional Anticomunista)
Pedro Pablo Álvarez Ramos (Asesor)
Isandra P. Gisbert (Notaría-Logística-Actas)
Belkis Bigles (Network- Informatica)
Fuente: http://convencionanticomunista.blogspot.com/
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