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¿Quousque tandem abutere, Cristina Kirchner, patientia nostra? ¿Quam diu etiam furor iste tuus nos eludet? ¿Quem ad finem sese effrenata iactabit audacia?
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EL PUEBLO QUIERE SABER:
sábado, 1 de mayo de 2010
LEY DE MEDIOS
La Corte Suprema deberá decidir sobre la ley de Medios
La Cámara de Apelaciones de Mendoza le concedió al Ejecutivo el recurso extraordinario presentado. El tribunal había suspendido la aplicación de la norma
Como se esperaba, el futuro de la polémica ley de Medios deberá ser resuelto en la Corte Suprema de Justiciaa.
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza le concedió hoy al Poder Ejecutivo Nacional el recurso extraordinario que había solicitado contra la medida cautelar, confirmada por ese mismo tribunal mendocino, que había frenado la aplicación de esa norma por irregularidades registradas cuando la misma fue sancionada en el Congreso de la Nación.
El fallo se conoció minutos después de que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se quejara de que la justicia de Mendoza hubiera trabado, con una medida cautelar, la aplicación de la Ley de Comunicación y Servicios Audiovisuales.
El tribunal mendocino declaró admisible el recurso federal porque, sostuvo, se cumplieron todos los recaudos formales. En su fallo, los jueces afirmaron que el tema "suscita cuestión federal suficiente, toda vez que se cuestiona la violación a las reglas de procedimientos, la afectación del derecho de las minorías y su implicancia constitucional, que concluyo con la sanción" de la ley en el Congreso.
Hace poco más de un mes (el jueves 25 de marzo), la misma Cámara había confirmado la medida cautelar de la jueza de primera instancia Olga Pura de Arrabal que había dispuesto la suspensión de la aplicación de la Ley de Medios y que había sido apelada en febrero por el Gobierno nacional.
Entonces los camaristas Otilio Roque Romano, Alfredo López Cuitiño y Julio Demetrio Petra afirmaron que la jueza tuvo razón en considerar "como fundamento central de la medida de cautelar dictada (...) que al señor diputado nacional accionante (...) efectivamente se le habían violado sus fueros parlamentarios y fue privado de ejercer el derecho-deber de intervención como legislador en el trámite de sanción de la ley (...), lo que conlleva la violación de derechos constitucionales".
El fallo original en discusión es de diciembre, cuando la jueza mendocina suspendió la aplicación de la ley 26.522 por entender que el Congreso habría incurrido en irregularidades reglamentarias al sancionar la norma. Luego hubo otros cuatro fallos de primera instancia en contra de la Ley de Medios, pero éste fue el primero en ser ratificado por una Cámara.
Cuando el Gobierno nacional presentó el recurso extraordinario contra la ratificación de la cautelar que suspensión de la Ley, el titular del COMFER, Gabriel Mariotto, se había manifestado confiado en "lograr que sea tratado por la Corte Suprema".
Ahora la Corte Suprema puede aceptar tratar este tema o rechazarlo. Aunque, como criterio general, el máximo tribunal no analiza medidas cautelares porque no son sentencias definitivas, también existe la posibilidad de que alegue que hay gravedad institucional y analizar el caso en forma excepcional.
En un caso reciente, el del uso de los DNU para disponer el pago de la deuda con fondos del Banco Central, la Corte hizo saber que no iba a intervenir en una cautelar, sino en la cuestión de fondo.
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