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jueves, 8 de octubre de 2009

Reabren la causa por interferencias a Artear

La Justicia federal seguirá investigando las interferencias a señales televisivas que perjudicaron a la empresa Artear entre marzo y mayo últimos, se informó en Tribunales.
Es que la Cámara Federal porteña revocó el archivo de la causa que se había dispuesto en primera instancia por considerarla "prematura" y ordenó profundizar la investigación, se explicó.
El dato se conoce en medio de la polémica desatada por la ley de medios y a un mes del allanamiento fiscal que se realizó en distintas sedes del grupo Clarín, al que pertenece Artear.
En distintos momentos, entre marzo y mayo pasados, se registraron interrupciones que impidieron la recepción de las señales televisivas y radiofónicas en zonas del interior del país,
Las interrupciones afectaron a Canal 13, Todo Noticias y Radio Mitre, y también incluyeron a otras señales de TV de cable de Artear, como Volver, Magazine, Metro y TyC Sports, y a la radio FM 100.
En primera instancia el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi había ordenado el archivo del expediente por entender que los sucesos denunciados no constituían delito.
Es que había interpretado que las interrupciones de las señales habían obedecido a "un error y/o problema del sistema con motivo a un obrar no intencional".
Sin embargo, ahora, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal —Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah— sostuvieron que la clausura del caso había sido "prematura" e indicaron que esa decisión se sustentó únicamente en el informe elaborado por la compañía Intelsat, proveedora del servicio de satélite utilizado por Artear.
Allí, se consignó que la fuente de las interferencias fueron "problemas de interferencias intermitentes generadas de forma no intencional por el mal funcionamiento de un Amplificador de Alta Potencia operado por otro respetable cliente de muchos años de Intelsat que utiliza el satélite IS-3R, fuera del territorio de la República Argentina".
Para el tribunal de alzada, el informe "resulta incompleto", ya que no individualiza al autor de las interferencias ni explica cuáles son las razones que le permitieron concluir a los representantes de la firma que se trataba de un hecho no intencional.

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