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EL PUEBLO QUIERE SABER: Todos los días se descubren nuevos actos de latrocinio y corrupción del kirchnerismo / Albertismo . ¿Cuánto le costará al país los desmadres del KIRCHNERATO?

jueves, 1 de abril de 2010

CAOS JURÍDICO

AL BORDE DEL CAOS JURÍDICO: EL CONGRESO SÓLO PRODUCE AMPAROS Y LOS JUECES LEGISLAN

Si la Cámara le da la razón a Cobos recomenzaría la batalla para derogar el DNU 298

Por Carlos Tórtora

Los fallos de las Salas I y IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que ayer hicieron caer la medida que suspendía la aplicación del DNU 298/2010, son profundamente contradictorios. La kirchnerista Sala IV -integrada por Jorge Morán, Luis María Márquez y Sergio Fernández, este último, hermano del operador judicial K Javier Fernández- optó por aferrarse a las cuestiones procesales. Fulminaron con la nulidad absoluta a la medida cautelar de Claudia Rodríguez Vidal, por considerar que de ningún modo ésta debió concederla, ya que al quedar derogado el DNU 2010 -que generó la primera cautelar- había desaparecido el objeto que dio lugar al reclamo y no se podía entonces extender la cautelar al nuevo DNU 298. En la Sala I, los fallos de Clara Do Pico y Pedro Coviello difieren entre sí y con el de la Sala IV. Coviello no cuestiona la medida dispuesta por Rodríguez Vidal, pero considera que su vigencia se debe extender sólo hasta el 31 de marzo, o sea mañana. Do Pico, que ratificara en enero pasado la suspensión del DNU 2010/2009 que creaba el Fondo del Bicentenario, fue bastante más expresiva. La camarista no sólo no cuestiona a la Rodríguez Vidal sino que concluye que el Congreso es plenamente responsable por no haber resuelto sobre el DNU 298. Dice: “las dos cámaras del Congreso tenían la facultad de autoconvocarse para considerar la medida legislativa adoptada por la Presidente de la Nación. Si no lo hicieron, no fue porque se lo impidió el poder legislativo, sino porque los restantes legisladores o la mayoría de ellos, por no considerarlo necesario o por desidia, no hicieron uso de esa prerrogativa constitucional” (…). Por lo tanto, concluye que la cautelar debe revocarse ya que el Congreso parece haber renunciado a resolver el tema.

Así es que Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra, si resuelven llegar a la Corte contra el fallo de la Sala IV con un recurso extraordinario, deberán plantear cuestiones totalmente distintas a las de Graciela Camaño y Alberto Atanasof, que recurrirían contra el pronunciamiento de la Sala I. ¿El DNU 298 es entonces nulo o sólo está revocado? ¿Rodríguez Vidal se excedió en sus funciones o el Congreso no cumplió las suyas?

Si le presentan recursos extraordinarios: ¿la Corte dejará correr el tiempo, que el gobierno se gaste todo el FODEAR y la cuestión devenga abstracta o se pronunciará rápidamente? Y si lo hace, ¿le terminará echando la culpa al Congreso como hizo Do Pico?

Cómo sigue

El gobierno tiene ahora liberado el camino para aplicar el DNU 298 y usar el FODEAR para pagar a los acreedores privados. Pero la carrera no terminó. Julio Cobos puede ser el héroe de la oposición, si la Sala IV llega a fallar en contra de la sentencia del juez Enrique Lavié Pico. Éste le dio la razón al oficialismo, diciendo que la composición de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo resuelta por la mayoría opositora debía dejarse sin efecto y que se debía volver a la integración de 4 por la oposición y 4 por el oficialismo. Los abogados de Cobos recusaron al camarista Sergio Fernández porque, siendo el hermano de Javier, está sospechado de parcialidad. El planteo de Cobos es sólido. Afirma que las decisiones legislativas sobre la composición de las comisiones no son judiciables y que, en caso contrario, el Poder Judicial estaría invadiendo las competencias del Congreso. Si los dos camaristas no recusados, Morán y Márquez, le dan la razón al Vicepresidente, la Bicameral volvería a quedar en manos de la oposición y también podría emitir un dictamen para derogar el DNU 298, trasladándose nuevamente la pelea al plenario de las dos cámaras. Mientras tanto, el gobierno irá usando parte de los U$S 4380 millones para pagar vencimientos.

¿Y la Corte para cuándo?

Si el Congreso llegara a derogar el DNU 298, ¿qué efectos tendría la medida sobre los pagos hechos con el FODEAR? ¿Tendría el Tesoro que devolver las reservas usadas al BCRA? Días atrás, la Cámara de Diputados resolvió la nulidad del DNU 2010, que ya había sido derogado por CFK. El caos jurídico avanza a pasos agigantados. ¿Qué pasará si se llega a la nulidad del DNU 298, ahora en plena ejecución? A su vez, Agustín Rossi impugnó, a través de un recurso administrativo que le presentó a Eduardo Fellner, el dictamen rechazando el DNU 298, firmado por las Comisiones de Finanzas y Asuntos Constitucionales, por considerar que sólo la Bicameral de Trámite Legislativo puede tratar sobre los DNU. La confusión aumenta mientras el Congreso dejó de producir leyes y sólo produce amparos judiciales mientras los jueces legislan. Los que advierten que la inseguridad jurídica tiene un crecimiento exponencial miran a la Corte con la esperanza de que algún fallo intente empezar a poner orden.

(*) Crónica y Análisis publica el presente artículo de Carlos Tortora por gentileza del Informador Público

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